Condiciones generales de contratación y entrega
(fecha agosto 2021)
Art. 1 Ámbito de aplicación
Solo se aplicarán las presentes condiciones generales de contratación solo. Se aplicarán a empresas (art. 14 del código civil alemán, BGB), a personas jurídicas de derecho público y a fondos especiales de derecho público. No reconoceremos otras condiciones generales de contratación diferentes de nuestro cliente a menos que hayamos aceptado su validez por escrito. Nuestras condiciones generales también se aplicarán si llevamos a cabo la entrega sin reservas con conocimiento de las condiciones generales diferentes del cliente.
Art. 2 Ofertas, documentos
- Nuestras ofertas se entienden como no vinculantes y están sujetas a confirmación.
- Nos reservamos el derecho de propiedad y el derecho de autor de las ilustraciones y los dibujos, los cálculos y otros archivos y documentos, los cuales no podrán ponerse a disposición de terceros. Esto se aplica en particular a los archivos y documentos marcados como confidenciales. El cliente deberá obtener nuestro consentimiento expreso antes de transmitirlos a terceros.
- Los documentos ofrecidos, tales como muestras, folletos, catálogos, ilustraciones, dibujos, pesos y dimensiones solo tienen un valor aproximado, a menos que se declaren expresamente vinculantes por escrito.
Art. 3 Precios, condiciones de pago, información anticipada en el procedimiento SEPA (notificación previa), pago anticipado, derecho de desistimiento, incumplimiento, derecho de retención, compensación, contrademanda
- A menos que se acuerde lo contrario, todos los precios son a partir de la sede de la empresa en Holzmaden, excluyendo flete, seguro, derechos de aduana, instalación acordada, impuestos extranjeros, etc., más el IVA aplicable.
- En el caso de pequeñas cantidades (normalmente valores de la mercancía inferiores a 2000 euros), acordamos con el cliente recargos por pequeñas cantidades. Siempre y cuando estos no se determinen en términos de importe, el recargo por pequeñas cantidades será de 10,00 € para un pedido de valor igual o superior a 100,00 €.
- Si se acuerda o se permite el pago mediante domiciliación bancaria de empresa SEPA, se acuerda que tenemos derecho a informar a nuestro cliente (como deudor) de la fecha de cobro y del importe de cobro hasta un día antes de la fecha de vencimiento (reducción del plazo de información anticipada).
- Se aplicará a los pedidos la lista de precios vigente el día del pedido, salvo acuerdo contrario.
- En el caso de una domiciliación bancaria acordada o autorización de domiciliación bancaria, el cargo se efectuará en un plazo de 2 días a partir de la emisión de la factura. Solo se aceptarán órdenes de pago, cheques o letras de cambio si hubiera un acuerdo especial y siempre a cuenta de la prestación. Los costes por descuento y cobro correrán a cargo del cliente.
- Si el cliente se retrasa en los pagos parciales, tendremos derecho a reclamar la totalidad del importe, incluso si se han aceptado cheques o letras de cambio. En este caso, los papeles se devolverán previo pago inmediato en efectivo.
- Si no recibimos el pago del cliente a más tardar en la fecha de vencimiento de nuestro plazo establecido para el cliente una vez producido el incumplimiento, tendremos derecho a rescindir el contrato y a exigir al cliente un importe a tanto alzado del 10 % de la suma neta de la factura adeudada en concepto de indemnización por daños y perjuicios. El cliente está expresamente autorizado a demostrar que no se ha producido ningún daño ni pérdida de valor o que es significativamente menor a la suma a tanto alzado. Si el cliente lo demuestra con éxito, la reclamación se limitará al daño probado. Se desestimará si puede demostrar que no se ha producido ningún daño. La cuantía a tanto alzado de la indemnización por daños y perjuicios tendrá en cuenta, en particular, el hecho de que los productos adquiridos son productos que están sujetos a una rápida evolución y a una elevada caída de los precios. Por lo tanto, incluso los retrasos breves suelen provocar daños elevados. Además, en caso de incumplimiento de un contrato, se produce una carga administrativa muy elevada debido a que los bienes contractuales tienen que revenderse regularmente de forma fraccionada y a la carga asociada de documentación y asignación que es elevada.
- Si, tras la celebración del contrato, se produce un deterioro o un cambio significativo en la situación financiera del cliente que ponga en peligro nuestro derecho de contraprestación, o si dicha situación ya existía en el cliente en el momento de la celebración del contrato pero solo se ha conocido después, podremos denegar nuestra prestación hasta que se haya efectuado la contraprestación. Esto se aplica en particular a los casos en los que las medidas de ejecución sean infructuosas, las letras de cambio o los cheques no se acepten, haya solicitudes de insolvencia, pretensión de moratoria, liquidación o similares. En estos casos, podemos fijar con el cliente un plazo para la prestación de la contraprestación o la garantía. Si en ese momento no se proporciona la contraprestación ni la garantía, tendremos derecho a rescindir el contrato.
- Nuestras reclamaciones solo pueden compensarse frente a reclamaciones reconocidas o con aquellas que hayan adquirido carácter de cosa juzgada. Queda excluido el derecho a contrademandar. El cliente solo podrá hacer valer el derecho de retención si y en la medida en que su reclamación se base en la misma relación contractual.
- En caso de tener reclamaciones propias que hacerle al cliente –independientemente de la base legal– nos asiste el derecho de retención contra dicho cliente hasta que nuestras reclamaciones hayan sido pagadas en su totalidad por el cliente.
Art. 4 Libre prestación de servicios, plazo de entrega, envío parcial, derecho de desistimiento
- Nos reservamos el derecho a una autoentrega oportuna y correcta, en la medida en que no hayamos asumido ninguna garantía sobre el resultado de la prestación.
- El inicio del plazo de entrega indicado por nosotros estará sujeto a la recepción puntual de todos los documentos e información que debe proporcionar el cliente, así como a la aclaración de todos los detalles del pedido, en particular de todas las cuestiones técnicas. Las entregas parciales están permitidas siempre que sean razonables para el cliente.
- No nos hacemos responsables de los retrasos en la entrega por fuerza mayor u otras circunstancias de las que no seamos responsables, en particular las interrupciones del tráfico y las interrupciones operativas de las que no seamos responsables, las huelgas, los cierres patronales, la escasez de materias primas, las guerras y las pandemias, así como las restricciones de las posibilidades de entrega por ley o por medio de ordenanzas y decretos, en la medida en que no hayamos asumido ninguna garantía con respecto al resultado de la prestación. Si en este caso no pudiéramos realizar la entrega dentro del plazo acordado, el plazo de entrega se ampliará en consecuencia. Si hubiera un obstáculo para la entrega más allá del plazo de entrega razonablemente ampliado, tendremos derecho a rescindir el contrato.
- Si no podemos cumplir el plazo de entrega acordado, el cliente está obligado a explicar, a petición nuestra dentro de un plazo razonable, si sigue insistiendo en la entrega. Si no lo hiciera, tendremos derecho a rescindir el contrato o anularlo tras la expiración de un plazo razonable.
Art. 5 Transferencia del riesgo, entrega
- Siempre y cuando no se deduzca otra cosa de la confirmación del pedido, la entrega se acuerda "desde la sede de la empresa en Holzmaden". El envío se realizará siempre por cuenta y riesgo del cliente, incluso en el caso de que la entrega se realice desde un lugar distinto al de la prestación o si la entrega se realiza a porte pagado y/o con personas o vehículos del propio cliente.
- Si se ha acordado la entrega por nuestra parte, el cliente deberá disponer, con la debida antelación, del personal cualificado y del equipo técnico necesario (por ejemplo, carretilla elevadora) para garantizar una descarga sin problemas. Se entiende que el vehículo puede llegar directamente al lugar de descarga y ser descargado inmediatamente. Si no se cumplen estas condiciones, los costes adicionales que se ocasionen se cobrarán por separado.
Art. 6 Reclamaciones por defectos
- El cliente debe inspeccionar de inmediato la mercancía entregada, siempre que esto sea posible en el curso ordinario de los negocios y a más tardar en el plazo de una semana después de la entrega. Cualquier defecto que se descubra debe notificarse inmediatamente, a más tardar en el plazo de una semana y un día después de la entrega. Si el cliente no nos avisa, la mercancía se considerará aceptada, a menos que el defecto no haya sido reconocido durante la inspección. Si dicho defecto se descubre más tarde, la notificación deberá realizarse inmediatamente después de su descubrimiento, de lo contrario la mercancía también se considerará aceptada a pesar de este defecto. Los artículos 377 y 381 del código de comercio alemán (HGB) no se ven afectados.
El cliente no queda eximido de su obligación de inspeccionar la mercancía ni siquiera en el caso de que el empresario recurra en virtud del artículo 478 del código civil alemán (BGB). Si en estos casos no notifica inmediatamente el defecto alegado por su cliente, la mercancía también se considerará aceptada a pesar de este defecto.
- En caso de cumplimiento posterior por defectos, solo estaremos obligados a asumir los gastos necesarios para ello, en particular los costes de transporte, desplazamiento, mano de obra y material, en la medida en que estos no se vean incrementados por el hecho de que el artículo se haya transportado a un lugar distinto del domicilio social o de la sucursal comercial del cliente en la que se realizó la entrega. Esta cláusula no se aplicará en caso de recurso según el artículo 478 del código civil (BGB).
- Las reclamaciones del cliente por defectos, incluidas las reclamaciones por daños y perjuicios con respecto a los artículos de nueva fabricación prescriben un año después de la entrega del artículo. Esto no se aplica en el caso de recurso según el art. 478 del código civil alemán (BGB), ni en los casos de los art. 438 párrafo 1, n.º 2 del código civil alemán (BGB) y art. 634 a párrafo 1, n.º 2 de dicho código (BGB). Esto tampoco se aplicará a las reclamaciones por daños y perjuicios debidas a lesiones corporales, mortales o para la salud ocasionadas por un incumplimiento grave y negligente o intencionado de nuestras obligaciones o de nuestros auxiliares ejecutivos.
Si el fabricante del producto suministrado otorga una garantía sobre este producto superior a un año a partir de la entrega del artículo, las reclamaciones que se acaban de mencionar prescribirán al expirar la garantía del fabricante, y a más tardar después de dos años.
Quedan excluidas las reclamaciones por defectos del cliente en caso de entrega de artículos usados, es decir, artículos que no han sido fabricados de nuevo. En el caso de que el fabricante otorgara una garantía al cliente para dichos artículos usados, no se aplicará esta exclusión de garantía por defectos. En este caso, sin embargo, los derechos de garantía del cliente prescribirán al expirar la garantía del fabricante, y a más tardar al cumplirse dos años desde la entrega del artículo.
Art. 7 Disposiciones para hacer valer las reclamaciones por defectos (condiciones de servicio)
- Para hacer valer las reclamaciones por defectos, el cliente debe cumplir con el siguiente procedimiento que permite lograr una solución rápida y correcta:
- El registro y la tramitación de los casos de servicio se realizan exclusivamente en línea a través de la herramienta TelePart-RMA en
www.telepart.com.
- En general, las reclamaciones por defectos se excluyen en el caso de
- Productos sin número de serie, a menos que el cliente demuestre que el producto lo obtuvo de nosotros sin número de serie,
- Daños mecánicos después de la entrega al cliente,
- Daños causados por líquidos después de la entrega al cliente,
- Uso de accesorios/software de terceros,
- Apertura no autorizada del dispositivo y
- Envío de dispositivos bloqueados, a menos que el cliente demuestre que existía un defecto en el momento de la entrega con independencia de estas medidas.
- El cliente deberá redactar las descripciones de los fallos en inglés o alemán.
- Tenemos el derecho a exigir al cliente final las facturas por los aparatos registrados en el marco de la tramitación del servicio, en la medida en que esto sea necesario para hacer valer las reclamaciones contra proveedores previos.
- Si no hay defectos en las unidades enviadas a nosotros para la subsanación de dichos defectos o si las reclamaciones por defectos están excluidas, tendremos derecho a cobrar al cliente una tarifa de servicio a tanto alzado de 25 euros por unidad. Otras reclamaciones no se ven afectadas. Si procede, la tarifa de servicio a tanto alzado se aplicará a otras reclamaciones.
- La subsanación de los defectos se llevará a cabo, a criterio de TelePart, mediante la reparación del aparato, el envío de un recambio o un abono en cuenta.
- La entrega de sustitución se hará en forma de un aparato nuevo o aparato usado de valor equivalente, siempre que la fecha de venta al cliente supere los tres meses.
Art. 8 Responsabilidad por daños y perjuicios y reembolso de gastos
- Las reclamaciones por daños y perjuicios y el reembolso de los gastos del cliente (en adelante: reclamaciones por daños y perjuicios) quedan excluidas, independientemente de los fundamentos jurídicos, en particular por incumplimiento de los deberes derivados de la obligación contractual y manejo no autorizado.
- Esto no será aplicable
- Si hemos ocultado fraudulentamente un defecto de titularidad o un defecto material.
- En la medida en que hayamos asumido una garantía por la calidad de nuestras mercancías o un resultado de rendimiento y se haya dado un caso de garantía.
- Para cualquier reclamación existente en virtud de la Ley de responsabilidad de productos.
- En caso de dolo, negligencia grave, lesión mortal, corporal o para la salud, así como en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales. No obstante, la reclamación de daños y perjuicios por el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales se limitará a los daños previsibles típicos del contrato, salvo que exista dolo o negligencia grave o responsabilidad por lesiones mortales, corporales o para la salud.
- Siempre y cuando nuestra responsabilidad esté excluida o sea limitada, se aplicará en igual medida respecto a la responsabilidad personal que tengan nuestros empleados, directivos, trabajadores, representantes y asistentes.
- Una modificación de la carga probatoria en detrimento del cliente no está asociada a las disposiciones anteriores.
Art. 9 Disposiciones complementarias y divergentes en contratos internacionales
- Si el cliente tiene su sucursal fuera de la República Federal de Alemania, se aplicarán, además del art. 1 - 8 y 10 las siguientes disposiciones:
- No nos hacemos responsables de la permisividad del uso de la mercancía entregada según lo establecido en el contrato según la normativa del país receptor. Tampoco nos responsabilizamos de los impuestos y aranceles que se produzcan allí.
- No nos hacemos responsables de los problemas de entrega causados por medidas gubernamentales, en particular las restricciones a la importación o a la exportación.
- Si el cliente tiene su domicilio social fuera de la República Federal de Alemania y si es de aplicación la Convención de las Naciones Unidas respecto a contratos de compraventa internacional de mercancías (CISG, derecho de compraventa internacional de mercancías de las Naciones Unidas para Viena) en su versión vigente, se aplicarán también las siguientes disposiciones:
- Las modificaciones o rescisiones del contrato deben hacerse por escrito.
- En lugar del art. 6 y 8 se aplicará:
- Solo nos responsabilizamos ante el cliente de los daños y perjuicios de acuerdo con las disposiciones legales en la medida en que el incumplimiento del contrato se base en una infracción dolosa o gravemente negligente de la que seamos responsables nosotros, nuestros representantes o auxiliares ejecutivos. También seremos responsables de acuerdo con las disposiciones legales si incumplimos una obligación contractual importante. La anterior limitación de responsabilidad no se aplicará a las reclamaciones existentes en virtud de los artículos 1 y 4 de la Ley alemana de responsabilidad de productos defectuosos o en el caso de reclamaciones por lesiones mortales o a la integridad física de una persona causados por la mercancía.
- Si la mercancía comprada entregada no es conforme al contrato, el cliente solo tendrá derecho a la rescisión del contrato o a una entrega de sustitución en caso de excluirse las reclamaciones por daños y perjuicios contra nosotros, o si no es razonable esperar que el cliente utilice la mercancía no conforme al contrato y reclame los daños restantes. En estos casos, tenemos derecho a subsanar primero el defecto. Si la subsanación del defecto fracasa y/o provoca un retraso injustificado, el cliente tendrá derecho, a su elección, a rescindir el contrato o a exigir una entrega de sustitución. El cliente también tendrá derecho a hacerlo si la subsanación del defecto causa inconvenientes irrazonables o existe incertidumbre sobre el reembolso de los gastos incurridos por el comprador.
- Las reclamaciones por defectos del cliente prescribirán un año después de la entrega del artículo.
Art. 10 Aseguramiento de la reserva de dominio
- Nos reservamos la propiedad de los bienes entregados hasta la recepción de todos los pagos previstos en el contrato. En caso de que cobremos la deuda por procedimiento de domiciliación bancaria acordado, la mercancía seguirá siendo de nuestra propiedad hasta que el cliente ya no pueda oponerse al cobro de la deuda.
- En caso de embargos y otras intervenciones por parte de terceros, el cliente deberá notificárnoslo inmediatamente por escrito para proteger nuestros derechos (por ejemplo, demanda según el artículo 771 de la Ley de enjuiciamiento civil (ZPO). Siempre y cuando la tercera parte no esté en disposición de devolvernos los gastos que implican estas medidas judiciales y extrajudiciales de una acción según el artículo 771 de la Ley de enjuiciamiento civil (ZPO), será el cliente el que responda a la pérdida sufrida por nosotros.
- En caso de que cobremos la deuda por procedimiento de domiciliación bancaria acordado, el cliente no tendrá derecho a revender ni utilizar la mercancía entregada mientras pueda oponerse al cobro de la deuda. Por lo demás, especialmente en el caso de que el cliente renuncie a su derecho a oponerse a nuestro cobro de la deuda por procedimiento de domiciliación bancaria, el cliente tendrá derecho a revender y utilizar la mercancía entregada en el curso ordinario de los negocios; no obstante, nos cede todas las cantidades adeudadas que le correspondan por la reventa frente a sus clientes o terceros por el importe del valor de la mercancía bajo reserva de propiedad, independientemente de que la mercancía entregada haya sido revendida sin o después de su transformación. El valor de la mercancía sujeta a reserva de dominio será el importe final de la factura acordada con nosotros (incluido el IVA). Si los bienes revendidos sujetos a reserva de dominio son de nuestra copropiedad, la cesión de los créditos se extenderá hasta el importe correspondiente a nuestra participación en la copropiedad. Se acepta la cesión. El cliente no tiene derecho a disponer de la mercancía de ninguna otra manera, en particular a pignorarla ni cederla como garantía.
- El cliente seguirá estando autorizado a cobrar la cantidad adeudada de la reventa incluso después de la cesión hasta que sea revocado por nosotros. Esto se realizará sin perjuicio de nuestro derecho a cobrar estas deudas. Sin embargo, nos comprometemos a no cobrar la deuda ni a revocar la autorización de cobro del cliente mientras este cumpla con sus obligaciones de pago derivadas del producto cobrado, no incurra en demoras, no se haya incoado contra él un proceso de insolvencia ni haya cesación de pagos. No obstante, si este fuera el caso, podremos pedirle al cliente que nos comunique las deudas cedidas y las de sus deudores, que nos proporcione toda la información necesaria para el cobro, nos entregue los documentos pertinentes e informe a su deudor de la cesión.
- Nos comprometemos a liberar las garantías que nos corresponden si así lo solicitara el cliente, en la medida en que el valor realizable de nuestras garantías supere los créditos a garantizar en más del 10 % o el importe nominal en más del 50 %. Nos reservamos el derecho a elegir las garantías a liberar.
Art. 11 Ley aplicable, lugar de cumplimiento y jurisdicción
- El presente contrato se regirá por el derecho de la República Federal de Alemania.
- El lugar de ejecución de todos los servicios derivados de este contrato es 73271 Holzmaden.
- En el caso de contratos con comerciantes, personas jurídicas de derecho público, fondos especiales de derecho público y extranjeros que no tengan una jurisdicción interna, el tribunal competente será el de 73271 Holzmaden. No obstante, también nos reservamos el derecho a emprender acciones legales en el domicilio del cliente.